lunes, 1 de julio de 2013

La Edad Media y la Sexualidad



En la Edad Media la palabra sexualidad no se usa, pero significaba coito, que es el conjunto de relaciones sexuales dentro de los procesos canónicos matrimoniales.

Existían dos campos semánticos, la sexualidad lícita, que se refería al comercio carnal autorizado; mientras que la sexualidad ilícita se refería a la sexualidad fuera del matrimonio.

Las relaciones sexuales durante la Edad Media se regían por la voluntad divina, que establecía el orden natural de las cosas; como es de entenderse, cualquier proceder fuera de lo ya dicho es considerado contra natura y contra la recta razón. Solo era bien visto la unión carnal heterosexual  con fines procreativos, unida con el sacramento del matrimonio.   

El adulterio, el comercio carnal, el incesto, la homosexualidad y entre otros; si  estos eran  cometidos eran conducidos directamente ante el tribunal de Justicia; aunque como se sabe en cualquier tipo de sociedad se puede dar estos problemas, y como era de esperarse estos comportamientos en la Edad Media eran toleradas para no alterar el orden público.



  

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